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| F.A.Q. Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Inmigracion y Extranjeria en España | ENTRA EN EL FORO | Colabore con el mantenimiento de este sitio, haga su donativo | ![]() |
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NACIMIENTO DE UN HIJO |
DIRECTORIO DE ABOGADOS DE EXTRANJERIA | |||||||||||||||||
| Inscripción del hijo en el Registro Civil | Nacionalidad del hijo nacido en España | Prestación de 2.500 euros por nacimiento de hijo | Prestacion de 1.000 euros por nacimientos en familias monoparentales, numerosas o discapacitados |
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| Prestacion por parto multiple | Prestacion por Maternidad | Prestacion por hijo a cargo | Prestacion de 100 euros al mes para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años | |||||||||||||||
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PAGO DE 2.500 EUROS POR DEDUCCION O PRESTACIÓN POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN¿QUIEN PUEDE BENEFICIARSE? La deducción por nacimiento o adopción, podrá ser solicitada por quienes realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad en el momento del nacimiento o la adopción o hubieran obtenido IMPORTANTE: En todo caso, el beneficiario, tanto español como extranjero, debe haber residido de forma legal, efectiva y continuada en territorio español los 2 años inmediatamente anteriores al nacimiento o adopción. IMPORTE DE LOS BENEFICIOS Para la deducción o la prestación por nacimiento o adopción se establece un pago único de 2.500€ por cada nacimiento o adopción. En los nacimientos o adopciones múltiples se originará el derecho a la percepción de 2.500€ por cada hijo o menor. Para la solicitud de esta deducción o prestación existen dos procedimientos: 1. Cuando el beneficiario que trabaje o perciba rentas sujetas a retención, solicite el pago anticipado de la deducción por maternidad mediante la 2. Cuando el beneficiario no trabaje o no perciba rentas, la solicitud se realizará mediante el modelo 141.
FORMAS DE SOLICITUD Modelo 140: Lo utilizarán los contribuyentes del IRPF que deseen solicitar el abono anticipado de las deducciones por maternidad y por nacimiento o adopción, para los contribuyentes que tengan derecho a ambas. Modelo 141: Lo utilizarán los contribuyentes con derecho a la deducción por nacimiento o adopción y que no tengan derecho a la deducción por maternidad o al abono anticipado de la misma, o que, teniendo derecho a este último, no lo hayan solicitado. También utilizarán este modelo las personas que sean beneficiarias de la prestación económica no contributiva. Descargar Modelo 141 COMO OBTENER Y PRESENTAR LOS MODELOS Los modelos 140 y 141 están disponibles en la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), sin necesidad de certificado de usuario, en todas las oficinas de la AEAT y en los Registros Civiles. 1. Telemáticamente por Internet en www.agenciatributaria.es con Número de Identificación Fiscal (NIF) y certificado de usuario admitido por la 2. Llamando al 901 200 345 del Centro de Atención Telefónica de la AEAT (comunicando el NIF, nº de cuenta bancaria, nº de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad -si trabaja- e importe de la casilla 681 del IRPF del año 3. En impreso enviado por correo y dirigido a la AEAT (apartado de Correos FD número 30.000, Delegación Provincial) o bien entregado personalmente en cualquier Delegación o Administración de la AEAT. El modelo 141 también se podrá presentar en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social. La presentación de las solicitudes no requerirá que se acompañe ningún documento justificativo de los requisitos exigidos. PLAZO DE PRESENTACIÓN
Fuente: Seguridad Social |
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