CONDUCTORES PROFESIONALES (CARNET POR PUNTOS)
SI ERES CONDUCTOR EXTRANJERO EXTRACOMUNITARIO, puedes circular en España con el permiso de conducir de tu país de Origen si cumples las siguientes condiciones:
- que esté en vigor cuando llegues a España;
- que tu edad sea de al menos 18 años o de 21, si eres conductor profesional (carnés C y D);
- que no hayan pasado 6 meses como máximo desde que conseguiste la autorización de residencia y/o trabajo.
Cuando pasen los 6 meses, tu permiso de conducir no será válido en España, por lo que tendrás que conseguir el permiso español. Para tal fin, tienes dos opciones:
- superar las pruebas pertinentes;
- canjear tu permiso por el español, si existe convenio con tu país Para el canje (países con convenio son Andorra, Suiza, Corea del Sur, Japón, Argentina, Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay, Marruecos, Venezuela, Chile, Argelia, Croacia, Republica Dominicana y Bolivia).
Para solicitar el canje, pide cita previa en el teléfono: 902 300 175 de 09:00 a 16:00 h. Para conocer la documentación que has de presentar, consulta la web: www.dgt.es/tramites/canjes/canjes.htm
ADEMÁS, SI ERES CONDUCTOR PROFESIONAL (carnés C y D: tu actividad laboral es la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas) debes tener en cuenta:
Si tu permiso de conducir profesional es de Argentina, Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay, Marruecos, Venezuela, Chile, Argelia, Croacia, República Dominicana y Bolivia, para canjearlo tendrás que pasar además unas pruebas específicas
CARNÉ POR PUNTOS
• Tu saldo de puntos será 12 inicialmente. Si tu permiso de conducir no es superior a tres años, tu saldo será de 8 puntos.
Te quitarán 2 puntos si:
• Superas el límite de velocidad entre 21 y 30 Km/h.
• Paras o estacionas en zonas de riesgo para la circulación, los peatones o en carriles destinados a transporte público urbano.
• Usas cualquier sistema de detección de radares.
• No llevas el alumbrado adecuado o haces mal uso de él.
• Llevas a un menor de 12 años como pasajero en tu motocicleta o ciclomotor.
Te quitarán 3 puntos si:
• Sobrepasas el límite de velocidad entre 31 y 40 Km/h.
• Haces un cambio de sentido donde está prohibido.
• No mantienes la distancia de seguridad.
• Usas manualmente el teléfono móvil, auriculares u otro aparato que te distraiga.
• No te pones el cinturón, casco, u otros dispositivos de seguridad obligatorios.
Te quitarán 4 puntos si:
• Superas el límite de velocidad en más de 40 Km/h, siempre que no suponga, además, un exceso del 50%
• Conduces con una tasa de alcohol superior al 0,25 mg/l y hasta 0,50 mg/l en el aire espirado.
• Circulas por autopista/autovía con un vehículo que esté prohibido usar en ellas.
• Conduces un vehículo sin llevar el permiso adecuado• Arrojas a la vía o alrededores cualquier objeto que pueda producir incendios o accidentes.
• Conduces de forma negligente o creando riesgos.
• Te saltas un stop, semáforo en rojo o no respetas la prioridad de paso.
• Adelantas poniendo en peligro a quienes circulan en sentido contrario o a ciclistas, o cuando hay visibilidad reducida.
• Realizas maniobras de marcha atrás en autopistas o autovías.
• No respetas señales de los agentes que regulan el tráfico.
• Conduces superando el 50% el número de plazas autorizadas (sin contar el conductor), salvo si se trata de autobuses.
• Aumentas la velocidad o efectúas maniobras que dificulten o impiden el adelantamiento.
Te quitarán 6 puntos si:
• Conduces superando en más del 50 % el límite de velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, en 30 km/h dicho límite.
• Superas el 0,50 mg/l en aire espirado.
• Conduces bajo efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes, etc...
• Te niegas a pasar las pruebas de alcoholemia, psicotrópicos, estimulantes, etc...
• Conduces de forma temeraria, circulas en sentido contrario o participas en competiciones o carreras de vehículos no autorizadas.
Además de que te resten puntos, también te impondrán multas y según las infracciones que cometas tendrás antecedentes penales, te podrán retirar el permiso de conducir de 1 a 3 meses, e incluso quitártelo.
DGT
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