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F.A.Q. Preguntas y Respuestas Frecuentes sobre Inmigracion y Extranjeria en España ENTRA EN EL FORO Colabore con el mantenimiento de este sitio, haga su donativo
 
IGUALDAD Y DERECHOS DE LAS MUJERES DIRECTORIO DE ABOGADOS DE EXTRANJERIA
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Ayudas para el empleo de las
víctimas de la violencia de género
Los derechos de las mujeres
extranjeras víctimas
de la violencia de género

AYUDAS AL EMPLEO PARA LAS MUJERES VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GENERO

Bonificaciones dirigidas a los empresarios


Bonificaciones para incentivar la contratación

Las empresas que contraten indefinidamente a mujeres víctimas de violencia de género, sin que sea necesaria la condición de estar desempleada, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social, cuando el contrato sea a tiempo completo, de 850 euros/año o de 70,83 euros/mes, durante 4 años desde la fecha de celebración del contrato, o de la cuantía correspondiente en función de la jornada laboral si el contrato es a tiempo parcial.

La bonificación para la contratación temporal será, cuando el contrato sea a tiempo completo, de 600 euros/año o de 50 euros/mes por trabajadora contratada durante toda la vigencia del contrato, o de la cuantía correspondiente en función de la jornada laboral si el contrato es a tiempo parcial.

Bonificación en caso de sustitución de trabajadora víctima de violencia de género

La empresa que formalice contratos de interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato de trabajo o ejercitado su derecho a la movilidad geográfica o al cambio de centro de trabajo, tendrán derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, durante todo el periodo de suspensión de la trabajadora sustituida o durante 6 meses en los supuestos de movilidad geográfica o de cambio de centro de trabajo.

Cuando se produzca la reincorporación, ésta se realizará en las mismas condiciones existentes en el momento de la suspensión del contrato de trabajo

Subvenciones al trabajo autónomo

La Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo (BOE 7 junio) prevé, con carácter general, el incremento en un 10% de la cuantía de la subvención dirigida a mujeres cuando la beneficiaria sea víctima de violencia de género.

Inscripción en los servicios públicos de las mujeres inmigrantes

Las mujeres extranjeras víctimas de violencia de género que no tengan autorización de trabajo y se encuentren legalmente en España, pueden dirigirse a la Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo que les corresponda, para ser informadas sobre sus derechos para inscribirse como demandantes de empleo y tener acceso a las acciones de formación y de intermediación laboral, así como a la Renta Activa de Inserción.

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